Código de Conducta
I. PREAMBULO
1. Finalidad
CÓDIGO DE CONDUCTA
El Código de Conducta recoge la visión y los valores de la empresa y debe servir de guía para la actuación de los trabajadores y de la empresa en su conjunto en sus relaciones internas y externas.
2. Código ético
El Código de Conducta Laboral se configura, además, como un Código ético, estableciendo un conjunto de principios y pautas de conducta dirigidos a garantizar el comportamiento ético y responsable de todos los trabajadores en el desarrollo de su actividad.
3. Aplicación
El Código de Conducta Laboral obliga a todos los trabajadores de las empresas GRUPO INTAF, NEODYN, INTAF PROMECAN, COGALTRA, EVOLVENTIA, MANTENIMIENTO Y SERVICIOS TECMAN, SINCRO MECÁNICA, sin distinción jerárquica ni funcional.
A efectos del Código de Conducta Laboral, se consideran trabajadores todos los empleados que forman parte de las empresas, así como aquellas otras personas cuya actividad se someta expresamente a este Código de Conducta Laboral.
4. Control de la aplicación del Código de Conducta Laboral
El control de la aplicación del Código de Conducta Laboral es una función atribuida a la Dirección de la empresa, quien de conformidad a la normativa vigente aplicará las medidas disciplinarias que deban ser adoptadas, de conformidad a lo dispuesto en el Anexo de este Código de Conducta Laboral.
Cualquier duda que pueda surgir sobre la interpretación del Código de Conducta Laboral y sobre la aplicación del mismo deberá consultarse con la dirección.
II. MISIÓN Y VISIÓN
1. Misión: razón de ser y propósito de la empresa
Ser un grupo empresarial multidisciplinar y multisectorial, cuya esencia es la prestación de un servicio en el cual se integren bajo la misma política y estilo de dirección, el diseño industrial, la fabricación de bienes de equipo, el montaje mecánico, el mantenimiento industrial, la consultoría técnica y la capacitación de los recursos humanos, con el propósito de:
- Maximizar el valor hacia nuestros clientes.
- Prestar un servicio que cumpla las expectativas del cliente.
- Cumplir los requisitos legales aplicables y otros requisitos que la organización suscriba
- Buscar permanentemente la mejora continua, la innovación de los servicios y la incorporación de ventajas competitivas para alcanzar la calidad planificada, desde criterios de rentabilidad.
- Contribuir al desarrollo Laboral y social de nuestros empleados y entorno.
2. Visión: Qué quiere y puede llegar a ser la empresa a largo plazo
Posicionarse y permanecer en el mercado como grupo de empresas de referencia en aquello que queremos, sabemos y podemos hacer, de forma eficiente, competitiva y comprometida con la calidad, seguridad, salud, medio ambiente y responsabilidad social.
3. Valores: Comportamiento de la empresa con sus partícipes, y relaciones entre ellos
- La búsqueda de la excelencia en la prestación de los servicios.
- La innovación orientada a la mejora continua de la gestión y de los procesos, productos, servicios y recursos.
- Las personas como el elemento clave de nuestra organización.
- Compromiso con la satisfacción del cliente (interno y externo).
- La gestión horizontal, basada en la responsabilidad, que propicie la participación activa y creativa, al trabajo en equipo y la iniciativa fundamentada en el reconocimiento al trabajo bien hecho.
- Desarrollo del negocio sostenible, basado en la conducta ética y en criterios de responsabilidad económica y social, esforzándose por la seguridad y salud en el trabajo y la protección ambiental.
- Máximo rendimiento con el mínimo esfuerzo.
4. Objetivos
- Alcanzar el liderazgo en el mercado, manteniendo un crecimiento estable y controlado.
- Ser los mejores en todos los valores asociados a la prestación del servicio.
- Desarrollar el negocio de acuerdo con los criterios del desarrollo sostenible.
- Intensificar la relación con el cliente y alcanzar un nivel óptimo de diversificación y especialización.
- Controlar y reducir los costes, evitando todas aquellas actividades que no generen valor añadido.
- Optimizar la productividad de las operaciones y la rentabilidad de los servicios.
- Eliminar de raíz la siniestralidad laboral.
- Minimizar los aspectos medioambientales negativos y sus efectos sobre el medio ambiente.
- Consolidar el Sistema Integrado de Gestión, entendiéndolo como pilar de nuestra cultura de trabajo, de tal forma que su eficacia, su mejora continua y evolución permanente se vean garantizadas.
- Optimización de los procesos relacionados con la gestión estratégica del capital humano.
- Desarrollar y mantener una responsabilidad social orientada hacia trabajadores, clientes, proveedores y sociedad en general.
- Garantizar la seguridad y protección de la información.
III. NORMAS GENERALES DE CONDUCTA EMPRESARIAL Y LABORAL
1. Cumplimiento de la legalidad.
Cumplimiento de todas las leyes y normas nacionales, los estándares mínimos del sector, los Convenios de la OIT y las Convenciones de la ONU.
Cumplimiento estricto de la legalidad vigente en el lugar en el que se desarrolla la actividad. Los directivos de la empresa conocen particularmente las leyes y reglamentaciones que afectan a sus respectivas áreas de actividad y deben asegurarse de que los trabajadores de ellos dependientes reciben la adecuada información y formación que les permite entender y cumplir con las obligaciones legales y reglamentarias aplicables a su función laboral.
Los criterios a los que se ajusta la conducta de los trabajadores de la empresa son: la profesionalidad y la integridad. Profesionalidad entendida como actuación diligente, responsable, eficiente y enfocada a la excelencia y calidad. Integridad entendida como actuación leal, honrada, de buena fe, objetiva y alineada con los intereses de la empresa.
La empresa desarrolla su actividad desde el respeto al medio ambiente, cumpliendo o excediendo los estándares establecidos en la normativa medioambiental de aplicación y minimizando el impacto de sus actividades sobre el medio ambiente. Se asumen como pautas de comportamiento minimizar los residuos y la polución, conservar los recursos naturales y promover el ahorro de energía.
2. Compromiso medioambiental
La empresa mantendrá un compromiso constante con la protección del medioambiente, y como mínimo, cumplirán los estándares y exigencias establecidos en la legislación aplicable local e internacional.
Los procedimientos y las normas para la gestión de residuos, manipulación y eliminación de productos químicos y otros materiales peligrosos y el tratamiento de emisiones y vertidos, deben cumplir o exceder los requisitos legales mínimos.
3. Clientes
La empresa se compromete a ofrecer a todos sus clientes un estándar de excelencia en todos sus productos además de garantizar que no implican riesgos para su salud o seguridad.
IV. LOS TRABAJADORES
1. Prohibición de discriminación
Se promueve la no discriminación por razón de raza, color, nacionalidad, origen social, edad, sexo, estado civil, orientación sexual, ideología, opiniones políticas, religión o cualquier otra condición personal, física o social, así como la igualdad de oportunidades entre los empleados.
En particular se promueve la igualdad de trato entre hombres y mujeres en lo que se refiere al acceso al empleo, a la formación y a la promoción de trabajadores y a las condiciones de trabajo.
Se rechaza cualquier manifestación de violencia, de acoso físico, sexual, psicológico, moral, de abuso de autoridad en el trabajo y cualquier conducta que genere un entorno intimidatorio u ofensivo para los derechos personales.
2. Conciliación de la vida familiar con la actividad laboral
La empresa respeta la vida personal y familiar de los empleados y promoverá las políticas de conciliación que faciliten el mejor equilibrio entre éstas y las responsabilidades laborales de los mismos.
3. Derecho a la intimidad
Se respeta el derecho a la intimidad de los empleados, en todas sus manifestaciones, en especial en lo que se refiere a datos de carácter personal, médicos y económicos.
La empresa se compromete a no divulgar datos individuales de sus empleados salvo consentimiento de los interesados y salvo los casos de obligación legal o cumplimiento de resoluciones judiciales o administrativas.
Asimismo se velará por la intimidad personal frente al uso de aparatos de videovigilancia y de grabación de sonidos.
4. Seguridad y salud en el trabajo
La empresa promoverá una política de seguridad y salud en el trabajo además de adoptar las medidas preventivas establecidas al respecto en la legislación vigente y cualesquiera otras que se pudiesen establecer en un futuro.
La empresa proporcionará un entorno de trabajo seguro y saludable y tomará medidas efectivas para prevenir accidentes o daños potenciales para la salud de los trabajadores, minimizando, en la medida de lo posible, las causas de riesgo inherentes al entorno de trabajo.
Se proporcionará a los empleados un lugar de trabajo seguro y saludable, garantizando unas condiciones mínimas de luz, ventilación, higiene, protección contra el fuego, medidas de seguridad y servicios básicos y complementarios
Se facilitará en las instalaciones de la empresa al personal un área de descanso adecuada en aquellos períodos de pausa de los que disponga el trabajador.
Todo el personal tendrá derecho a alejarse de un peligro grave e inminente sin obtener permiso de la empresa.
Se impartirá a los trabajadores formación regular en materia de salud y seguridad en el trabajo Asimismo se registrará la formación impartida y se otorgarán las certificaciones oportunas a los trabajadores participantes.
Se designa un responsable de seguridad e higiene dentro de la Dirección con autoridad y capacidad de decisión suficiente.
Los trabajadores no podrán asistir al trabajo bajo influencia del alcohol o cualquier estupefaciente, ni consumir durante el mismo. Se excluye la prohibición de consumo de alcohol durante el trabajo, para los puestos de administración y comercial, siempre que sea responsable y se enmarque dentro del protocolo social y/o relaciones públicas.
5. Políticas de formación
La empresa promoverá la formación de sus trabajadores. Los programas de formación propiciarán la igualdad de oportunidades y el desarrollo de la carrera Laboral y contribuirán a la consecución de los objetivos de la empresa.
6. Obsequios y regalos
No se podrán dar ni aceptar regalos u obsequios en el desarrollo de la actividad Laboral. Excepcionalmente, la entrega y aceptación de regalos y obsequios estarán permitidas si fuesen de valor económico irrelevante, respondieran a atenciones comerciales usuales y no estuvieran prohibidas por la ley o las prácticas comerciales generalmente aceptadas.
Los trabajadores no podrán dar ni recibir cualquier forma de soborno o comisión procedente de, o realizado por, cualquier otra parte implicada, como funcionarios públicos, personal de otras
empresas, partidos políticos, clientes, proveedores, suministradores y accionistas. Los actos de soborno, expresamente prohibidos, incluyen el ofrecimiento o promesa, directo o indirecto, de cualquier tipo de ventaja impropia, cualquier instrumento para su encubrimiento, así como el tráfico de influencias. Tampoco se podrá recibir, a título personal, dinero de clientes, proveedores, ni siquiera en forma de préstamo o anticipo.
Los trabajadores no podrán aceptar hospitalidades que influyan, o puedan influir, o se puedan interpretar como influencia, en la toma de decisiones. Cuando existan dudas sobre lo que es aceptable, la oferta deberá ser declinada, o en su caso, tratada antes con el superior jerárquico inmediato.
Se establece un registro de regalos.
7. Prohibición de trabajo forzado
Está prohibido todo tipo de trabajo forzado e involuntario.
Ni la empresa ni ninguna entidad que preste servicios a la empresa retendrá ninguna parte del salario, prestaciones, propiedad o documentos de ningún empleado para obligar a dicho empleado a continuar trabajando para la empresa.
Los empleados tendrán derecho a abandonar las instalaciones de trabajo después de acabar la jornada laboral estándar, y serán libres de dar por terminado su empleo siempre que lo comuniquen a la empresa.
Ni la empresa ni ninguna entidad que preste servicios a la empresa se verá involucrada ni apoyara el tráfico de seres humanos.
La empresa tratará a todos sus empleados de forma digna y respetuosa. La empresa no se verá involucrada ni tolerará castigos corporales, coacción física o mental o abuso verbal contra sus empleados.
8. Prohibición de trabajo infantil
Está prohibido contratar a menores de edad. La empresa define menor de edad a aquella persona con edad inferior a 16 años. Si la legislación local en caso de internacionalización establece un límite de edad superior, se respetará dicho límite.
Las personas menores de 18 años no deberán trabajar en turnos nocturnos ni bajo condiciones peligrosas, tal y como define éstas la Recomendación 190 de la Organización Internacional del Trabajo.
9. Respeto a la libertad de asociación y negociación colectiva
Se respeta el derecho de todo el personal de formar, organizar y afiliarse a los sindicatos de su preferencia y de negociar colectivamente en su nombre con la empresa, sin que de su ejercicio se puedan derivar represalias y no ofrecerán remuneración o pago de ningún tipo a los empleados con el fin de entorpecer el ejercicio de tales derechos.
La empresa adoptará una actitud abierta y de colaboración hacia las actividades de los sindicatos.
Los representantes de los trabajadores están protegidos contra cualquier tipo de discriminación y podrán desempeñar libremente sus funciones como representantes en su lugar de trabajo.
Cuando los derechos de libertad de asociación y negociación colectiva estén restringidos por ley, deberán diseñarse cauces adecuados que garanticen su razonable e independiente ejercicio.
10. Prohibición de abuso o trato inhumano
La empresa tratará a sus empleados con dignidad y respeto. Bajo ninguna circunstancia se tolerará el castigo físico, el acoso sexual o racial, el abuso verbal o de poder ni ninguna otra forma de acoso o intimidación.
11. Pago de salario
La empresa garantiza que el salario mensual liquidado a sus trabajadores sea, al menos, igual al mínimo legal o establecido por convenio, si éste es superior. En cualquier caso, el mencionado salario deberá ser siempre suficiente para cubrir, al menos, las necesidades básicas y aquellas otras que pudieran ser consideradas necesidades adicionales razonables de los trabajadores y sus familias.
La empresa no realizará retenciones y/o deducciones en los salarios por ninguna otra causa distinta de las establecidas en la legislación aplicable o aceptada en convenio colectivo
La empresa proporcionará a sus trabajadores: en el momento de su contratación, información comprensible y por escrito sobre sus condiciones salariales y en el momento de la liquidación periódica del salario, información sobre sus particularidades.
La empresa garantizará que los salarios y demás prestaciones o beneficios sean liquidados en tiempo y forma de acuerdo con la legislación aplicable, y en concreto, que los pagos se realicen de la manera más conveniente para los trabajadores.
12. Horarios
La empresa ajustará la duración de la jornada laboral a lo dispuesto en la legislación aplicable o a lo establecido por convenio si éste es más favorable para el trabajador. Las horas extraordinarias de ser el caso, serán de forma voluntaria.
13. Derecho a la desconexión digital y geolocalización
Se informará de cualquier sistema de geolocalización y se utilizará solo en caso de necesidad acorde con los principios de idoneidad, minimización y proporcionalidad.
El uso de nuevas tecnologías se hará siempre respetando los derechos de descanso de los trabajadores acorde con la legislación vigente.